La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) oficializó la baja los beneficios previsionales de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, por considerar que incurrió en una “conducta delictual” y que la percepción conjunta de la asignación vitalicia y la pensión fue “cuestionada y merecedora de contradictorios dictámenes de la Procuración del Tesoro de la Nación”.
La confirmación de la baja de la jubilación y pensión de privilegio fue plasmada en la resolución 1092/2024, publicada hoy en el Boletín Oficial. El vocero presidencial,Manuel Adorni, había realizado ayer el anuncio y la propia ex jefa de Estado denominó al presidente Javier Milei “pequeño dictadorzuelo”.
Los antecedentes
En los considerandos de la medida, se remite al fallo del Juzgado Federal de Seguridad Social n° 10 del 29 de diciembre de 2020, que ordenó a la Anses la restitución de la asignación vitalicia de Fernández de Kirchner y la pensión que también percibía en su condición de viuda del expresidente Néstor Kirchner, en ambos casos “con más sus intereses”.
Seguidamente, señala que la exmandataria fue condenada el 6 de diciembre de 2022 por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 2 a 6 años de prisión y su inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, fallo recientemente confirmado por la Cámara de Casación Penal.
Condena y baja de la jubilación de privilegio: todo en menos de 24 horas
En una serie de decisiones tomadas en cuestión de horas, el mismo 13 de noviembre en que se dio a conocer el fallo de Casación, la Secretaría Legal y Técnica de Anses requirió “que se analice e instrumente las medidas que correspondan para la baja de las asignaciones” de la expresidenta y el mismo día, la Dirección General de Prestaciones Centralizadas “propicia formalizar las medidas necesarias para dar de baja las prestaciones que percibe la señora Cristina Elisabet Fernández de Kirchner”.
Los fundamentos
La Dirección fundamentó su decisión en que de acuerdo con la regla legal determinada por el artículo 29 de la Ley 24.018, “la finalidad delas asignaciones oportunamente otorgadas a favor de la titular, ya sean directas o derivadas, devienen jurídicamente incompatibles para quien haya cometido un delito en ejercicio de la misma función públicapor la cual ha accedido a dicha asignación de privilegio y en perjuicio del Estado Nacional”.
Asimismo, señala que esa ley establece el beneficio “no contributivo” para presidentes y vicepresidentes “en tanto no hayan sido removidos por mal desempeño en sus funciones a través del previo juicio político”.
“La mencionada circunstancia obliga a evaluar diversas contingencias que transcurren durante el tiempo que el respectivo beneficio es percibido, lo que conlleva suponer que no se encuentra alcanzado por las particularidades del derecho adquirido o la inmutabilidad del beneficio, en tanto si posteriormente el beneficiario resulta condenado por hechos que hubieren acontecido durante su gestión pública”, agrega.
Por otra parte, se puntualiza lanaturaleza “graciable, no contributiva, no previsional, no alimentaria ni retributiva de la asignación”, lo que, a juicio de la Anses,”determina que, a diferencia de las prestaciones de la seguridad social, carezca de la inalienabilidad e irrevocabilidad de aquellas, pudiendo ser denegadas o revocadas si no existieran o desaparecieran las condiciones jurídicas que les otorgaran oportunamente su sustento legal”, citando como ejemplos “el honor, el mérito y el buen desempeño”.
También para la pensión
Esos conceptos también los considera válidos para dar de baja la pensión, en tanto “son predicables no solo respecto de las asignaciones directas, sino también de aquellas que son privilegios derivados”.
Anses aseguró también que “la indignidad sobreviniente respecto del titular de una asignación derivada cuya conducta delictual contra la administración pública, afecta también tal derecho que percibió simultáneamente con otra asignación directa de privilegio, acumulando beneficios cuya compatibilidad resultó cuestionada y merecedora de contradictorios Dictámenes de la Procuración del Tesoro de la Nación, según fuera en cada momento el titular del Cuerpo de Abogados del Estado”.
El jueves, Adorni había sostenido en su habitual conferencia de prensa matutina que “durante el mandato del presidente Javier Milei, la Argentina no va a destinar fondos a ningún corrupto que haya mancillado el honor y la dignidad de los argentinos” y que la decisión implicaba un ahorro de $ 21.827.624 mensuales.