El último año fueron 335 mil los santafesinos que utilizaron el sistema que venía funcionando mediante decretos. Lo puso en marcha la gestión Perotti y lo continuó la actual administración.
La Legislatura sancionó en diciembre la Ley N° 14.394 que crea el “Programa Boleto Educativo Gratuito (BEG) y que este lunes el gobernador Maximiliano Pullaro promulgó y ordenó publicar en el Boletín Oficial de la provincia.
El BEG podrá ser utilizado en el servicio público provincial de transporte automotor de pasajeros en sus servicios interurbanos, suburbanos y urbanos vinculados al sistema educativo y apunta a generar las condiciones materiales que permitan fortalecer y fomentar el acceso a la educación, eliminando los obstáculos que pudieran existir para acceder a los establecimientos de enseñanza.
En la misma tarde, tras la votación de Diputados donde el tema llegó con los respectivos dictámenes de comisión, el Senado lo votó -por unanimidad- sobre tablas y pese a que el justicialismo no se encontraba en el recinto.
Compromiso de campaña
En los hechos, el BEG fue un compromiso de campaña que hiciera el ex gobernador Omar Perotti que lo puso en práctica en su gestión mediante decretos, que continuó Maximiliano Pullaro en el último año y que el propio hoy diputado Perotti presentó como proyecto de ley que fue el sancionado en diciembre y que acaba de promulgar el actual gobierno.
“El programa no representa ningún subsidio al transporte, es un apoyo concreto a la educación y está destinado a usuarios del servicio público provincial de transporte automotor de pasajeros interurbanos, suburbanos y urbanos vinculados al sistema educativo, garantizando el ejercicio efectivo del derecho y su perdurabilidad en el tiempo”, señala en los fundamentos la iniciativa de Perotti.
El BEG alcanza a estudiantes de nivel inicial, primario, secundario y terciario pertenecientes a instituciones educativas públicas de gestión estatal y de gestión privada con aporte estatal que integran el sistema educativo provincial.
También personal docente y asistentes escolares que desempeñen tareas en jardines maternales, instituciones educativas de nivel inicial, primario, secundario y terciario que integran el sistema educativo de la Provincia; y estudiantes universitarios de instituciones públicas o privadas radicadas en el territorio provincial.
La aplicación del programa regirá anualmente según el calendario que defina la autoridad de aplicación.
Distancias y pasajes
En el transporte interurbano, beneficiarios que residan a una distancia mayor a 60 km, accederán a dos boletos por mes. Quienes residan a una distancia igual o menor a los 60 km, accederán a dos boletos por día hábil. Aquellos que posean el beneficio para líneas urbanas, tendrán acceso a dos boletos por día hábil. La ley considera inhábiles los días sábados, domingos y feriados nacionales.
La franquicia para distancias mayores a 60 kilómetros es compatible con el beneficio urbano de las ciudades donde se estudia o trabaja. La norma también establece un procedimiento para aquellos casos que necesiten mayor cantidad de viajes.
Rural
El artículo 10 de la ley de BEG regla el tema del boleto educativo rural. “En aquellos distritos que no cuenten con un servicio público provincial de transporte automotor de pasajeros, el interesado deberá presentar en el establecimiento el formulario disponible en la página web o completar la ficha de inscripción, que puede ser requerida en el establecimiento educativo al cual asiste”.
En cuanto a estudiantes, el Ministerio de Educación transferirá en forma mensual a los gobiernos locales o a los establecimientos educativos la partida correspondiente, en carácter de aporte no reintegrable. “Dichos fondos serán destinados a la contratación del medio de transporte más adecuado y se efectivizará a mes vencido, con cargo de oportuna rendición de cuentas”, reza el articulado.