En la mañana gris del jueves 24 de abril comenzó con preocupación y desconcierto entre los trabajadores de la planta de Vicentin en Avellaneda, luego de que se registrara un corte total de energía eléctrica en el complejo industrial, a pesar de la vigencia de una medida cautelar judicial que impide la interrupción de servicios esenciales.
La desafortunada noticia llego hasta esta redacción , la situación extrema que atraviesa la centenaria empresa de Avellaneda estaba provocando serios trastornos económicos en la entidad que brinda el servicio de energía eléctrica a la ciudad.
Según confirmaron, tras una reunión mantenida este mismo jueves de todo el directorio de la Cooperativa de Servicios Públicos se decidió cortar el suministro eléctrico.
Como un largo lamento se oyó durante más de una hora el característico “pito” de la fabrica anunciando a todos los sectores que se paraba la producción por falta de energía.
COMUNICADO DE PRENSA DE COOPERATIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE AVELLANEDA
Ante los acontecimientos de público conocimiento en relación a la firma Vicentín SAIC; esta CSPA quiere hacer saber al conjunto de sus asociados y a la comunidad toda; que nos hemos anoticiado de manera no formal, que el juez en el expediente caratulado: ““VICENTIN SAIC S/ CONCURSO PREVENTIVO”, CUIJ 21-25023953-7”, dispuso a modo de tutela inhibitoria judicial: “… que todos los proveedores de servicios públicos y privados, o insumos y servicios públicos o privados considerados esenciales o indispensables para la operación industrial de las plantas fabriles, sedes administrativas y unidades de negocios de la concursada … DEBERÁN ABSTENERSE DE INTERRUMPIR O SUSPENDER LA PROVISIÓN DE TALES BIENES O SERVICIOS … por el término de SESENTA (60) días hábiles judiciales”.
En ese contexto, y a partir de lo resuelto por el juez de la causa, la situación es la siguiente:
Primero: a la fecha existe una deuda post concursal de VICENTIN SAIC con nuestra institución en concepto de servicios públicos, que afecta de manera considerable nuestro patrimonio.
Segundo: dicho escenario tiende a agravarse de sobremanera a partir de lo resuelto en fecha 22 de abril de 2025 en el expediente aludido, habida cuenta que tal decisión importa potencialmente duplicar la deuda existente en los próximos sesenta días hábiles, presentándose el siguiente escenario;
1.- Afrontamos una deuda de carácter magnífico que perjudica en primer término la posibilidad de sostenimiento de la empresa en el corto plazo; pues el consumo de energía eléctrica que se nos impide interrumpir; debemos abonárselo a nuestra proveedora.
2.- Se pone en riesgo la fuente de trabajo que representa la cooperativa para casi un centenar de empleados que la integran.
3.- Nos sitúan en un contexto de verdadera incertidumbre, respecto al cobro de tal pasivo post concursal.
La resolución judicial adoptada de manera inconsulta, pese a los reiterados pedidos de audiencia al juez de la causa por parte de los integrantes del Consejo de Administración de la CSPA, despoja a la misma de una solvencia y corrección que la caracterizó a lo largo de más de 85 años a nivel provincial.
Instamos al Poder Judicial de la provincia de Santa Fe, en la persona del magistrado interviniente en el concurso de Vicentín SAIC, para que revea la decisión adoptada; atento que en modo alguno importa una solución favorable para los trabajadores de VICENTIN SAIC; pues, por un lado, lejos está de resolver el problema de activos de la concursada, y por el otro, empuja a un escenario de alta complejidad a la única prestadora de servicios públicos de la ciudad de Avellaneda.
La prevención de daños a la que el juez de la causa VICENTÍN refiere de modo permanente en su resolución de fecha 22 de abril de 2025, jamás puede realizarse a expensas de la integridad de otra empresa y su personal.
Dado en la ciudad de Avellaneda, provincia de Santa Fe, a los 24 días del mes de abril de 2025.