La medida alcanza al personal de la Administración Pública Nacional y busca facilitar los encuentros familiares y la organización de las fiestas de fin de año.
En la antesala de las celebraciones de Navidad y Año Nuevo, el Poder Ejecutivo nacional resolvió otorgar asueto administrativo los días 24 y 31 de diciembre de 2025 para el personal de la Administración Pública Nacional.
La decisión fue formalizada mediante el Decreto 883/2025, publicado en el Boletín Oficial, y se enmarca en una práctica habitual de fin de año orientada a facilitar la organización familiar, los traslados y el descanso en fechas de fuerte arraigo cultural para la sociedad argentina.
Asueto nacional
El decreto establece que los trabajadores y trabajadoras de la Administración Pública Nacional no deberán prestar servicios el martes 24 ni el martes 31 de diciembre.
En los considerandos de la norma se recuerda que Navidad y Año Nuevo son feriados nacionales inamovibles, conforme a la Ley N.º 27.399, que fija como días festivos el 25 de diciembre y el 1.º de enero en todo el país.
En ese contexto, el Gobierno argumenta que las jornadas previas a ambas celebraciones suelen destinarse a preparativos, compras, organización de reuniones familiares y traslados, especialmente en un país con grandes distancias geográficas. El asueto administrativo, señala el texto oficial, permite disponer de un “tiempo razonable” para concretar estas actividades y compartir momentos de encuentro.
La medida, además, no implica erogaciones presupuestarias adicionales para el Estado nacional y se adopta en uso de las atribuciones conferidas al Poder Ejecutivo por el artículo 99, inciso 1, de la Constitución Nacional.
Servicios esenciales garantizados y excepciones
El decreto aclara que el asueto no puede afectar el normal funcionamiento de los servicios esenciales. Por ello, el artículo 2.º instruye a los organismos del Estado a garantizar la continuidad de las prestaciones indispensables, en especial las vinculadas a salud, seguridad, asistencia social y otros servicios críticos.
Cada dependencia deberá organizar guardias mínimas o esquemas de trabajo alternativos para asegurar la atención a la ciudadanía durante esas jornadas.
Asimismo, se establece una excepción concreta: la medida no alcanza a las instituciones bancarias ni a las entidades financieras, cuyo funcionamiento quedará sujeto a su propio régimen laboral y a las disposiciones que adopten el Banco Central y las entidades del sector.
Impacto social y turístico
Entre los fundamentos de la decisión, el Gobierno destaca el valor social y cultural de las fiestas de fin de año en la Argentina, tradicionalmente asociadas al reencuentro familiar, la celebración colectiva y el cierre de ciclos.
El asueto en las vísperas de Navidad y Año Nuevo apunta a reducir las tensiones organizativas propias de esas fechas y a facilitar la planificación de viajes y encuentros, especialmente para quienes deben desplazarse largas distancias.
El decreto también señala el posible impacto positivo en el turismo, ya que la extensión de los períodos de descanso puede favorecer un mayor movimiento hacia distintos destinos del país, con un efecto dinamizador sobre las economías regionales.
Finalmente, se aclara que el asueto alcanza exclusivamente al personal de la Administración Pública Nacional y no se aplica de manera automática a empleados provinciales, municipales ni al sector privado, donde eventuales medidas similares dependerán de las decisiones de cada jurisdicción o empleador.


