En un anexo, el Gobierno había decretado que las personas con discapacidad sean clasificadas como “idiotas”, “imbéciles” o “débiles mentales”.
La Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) anunció que modificará la Resolución 187/2025 en la que se utilizan términos que atentan contra los derechos de las personas con discapacidad. En un anexo, el Gobierno Nacional había decretado que las personas con discapacidad sean clasificadas como «idiotas», «imbéciles» o «débiles mentales». El repudio fue generalizado.
La Resolución N°187/2025, publicada en el Boletín Oficial, establece un nuevo baremo para la evaluación médica de invalidez destinada a otorgar Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral, pero los términos utilizados en un anexo fueron fuertemente criticados.
Dicha normativa incluyó un anexo con términos que, históricamente, se han utilizado en la medicina psiquiátrica para describir grados profundos de déficit intelectual, pero que, en la actualidad, han sido discontinuados», señaló la agencia ante las repercusiones.
«La nueva normativa de la Agencia Nacional de Discapacidad es un retroceso inadmisible que atenta contra los derechos de las personas con discapacidad. El Gobierno de Javier Milei ha decretado que las personas con discapacidad sean clasificadas como “idiotas”, “imbéciles” y “débiles mentales”», había denunciado el Foro Permanente para la Promoción y la Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad.
La polémica resolución no modificará el baremo
«La resolución no sólo endurece los criterios de acceso a las Pensiones No Contributivas (PNC), sino que además reincorpora terminología obsoleta y degradante en la evaluación de personas con discapacidad intelectual. Además de ser un retroceso inadmisible, la normativa viola los acuerdos internacionales«, había advertido la organización.
Desde la Andis queremos aclarar quela publicación de los términos en cuestión no tuvo ninguna intención discriminatoria, sino que se trató de un error derivado del uso de conceptos pertenecientes a una terminología obsoleta«, explicó la agencia.
«La resolución 187/2025 y su anexo serán modificados siguiendo los estándares médicos y normativos vigentes, con el objetivo de garantizar que la terminología utilizada esté alineada con las referencias internacionales. Es importante aclarar que esta corrección no modificará el baremo ni sus criterios de evaluación», cerró la agencia.