RECONQUISTA: Continuan recibiendo denuncias por falta de desmalezamiento en terrenos y baldios

Redactado

La Secretaría de Control Público de la Municipalidad de Reconquista comunica que, continuando con los relevamientos que realiza el Departamento de Inspección General y a partir de las denuncias recibidas, numerosos lotes baldíos privados con malezas y/o falta de higiene adecuada fueron emplazados a realizar los correspondientes trabajos de limpieza.

Al no obtener respuestas positivas, se procedió a labrar las respectivas actas de infracción, las cuales, en caso de que sus propietarios no realicen los trabajos de mantenimiento respectivos, darán lugar a nuevas solicitudes de allanamiento.

Los inmuebles son los siguientes:

Loteo Las Lilas: Calle 60 N° 2280 entre calles 47 y 45. Lote 262 Mz. 13 PI 03-20-00 011143/0244

Barrio Nueva Fe: Calle 28 N° 3656. Lote 8 Mz. B PI 03-20-00 511464/0259

B° América: Calle San Martín N° 3384. Lote 32 Mz. 2 PI 03-20-00 511451/0140

Loteo Las Lilas. Calle 43 N° entre 60 y 62. Lote 18 Mz 2 PI 03-20-00 011143/0071

 

Cabe señalar que la normativa aplicable a estos casos es la Ordenanza 4909/03 “Código Municipal de Faltas” de la Ciudad de Reconquista establece en ARTÍCULO 155°: – INMUEBLE FALTO DE HIGIENE. El/la titular o responsable de un inmueble total o Parcialmente descubierto o baldía, que no lo mantenga debidamente cercado y en condiciones adecuadas de higiene y salubridad, cuando previamente emplazado no efectúe los trabajos que correspondan, es sancionado/a con multa de 50 UF a 500 UF, sin perjuicio de la realización por administración y a su costo de los trabajos pertinentes” 

ARTÍCULO 155° Bis: El/la titular o responsable de un inmueble que no mantenga de manera adecuadas la higiene y salubridad de sus patios (desmalezado y descacharrado), de manera que pueda afectar la salud pública de la comunidad, y de esta manera genera un potencial grave peligro sanitario, será sancionado con multa de 50 a 1.000 UF, cuando previamente emplazado no efectúe los trabajos que corresponda en el término de cuarenta y ocho (48) horas. Ello, sin perjuicio de la realización por administración de las tareas descriptas, con costo para el responsable.

La actuación administrativa se realiza en los siguientes pasos:

En primer lugar, el emplazamiento para el cual el propietario debe ser informado de la infracción y tiene 48 horas para cumplir con la limpieza del espacio.

En segundo lugar, se labra la multa: si se detecta que no se cumple con lo solicitado, se procede a realizar una multa por incumplimiento. Y, en tercer lugar, se emite una orden de allanamiento: se solicita al juez, mediante proceso legal, el ingreso en las propiedades privadas. Que el espacio tenga o no cerramiento modifica los tiempos de acceso.

Desde la Municipalidad de Reconquista se vuelve a pedir especialmente a los propietarios de terrenos baldíos y casas deshabitadas, que mantengan los espacios en correctas condiciones, teniendo presentes la prevención del Dengue y la seguridad de los vecinos.

Para denuncias y/o consultas, comunicarse al teléfono de Inspección General 3482 560840, o a través de la 

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